Sinaloa y DF, sin preferencia a mujer en custodia de menores


 

Ciudad de México.- Los criterios que hace un año emitió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en el sentido de que no se debe dar preferencia a la mujer, como la persona más idónea para la guarda y custodia de menores, comenzarán aplicarse en el Distrito Federal y Sinaloa.

A propuesta del ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, la Primera Sala refrendó los criterios de guarda y custodia que dictó el año pasado en un caso relacionado con el Estado de México, donde unos progenitores se disputaban el cuidado de sus hijos.

Los nuevos asuntos derivaron porque los jueces en primera instancia tanto del DF como de Sinaloa, mencionaron que sus códigos civiles establecen una preferencia a la madre para detentar el cuidado de los niños, hasta una determinada edad, así como una serie de hipótesis en las que consideran justificado que los hijos no queden bajo su cuidado.

 En ambos casos, los padres de los menores se inconformaron con las sentencias que dejaba en manos de sus ex esposas la guarda y custodia, por lo que llevaron el juicio hasta la Corte.

Los ministros refrendaron que «no existe presunción de idoneidad absoluta» a favor de algunos de los progenitores.

«…pues en principio tanto el padre como la madre están igualmente capacitados para atender de modo conveniente el desarrollo integral de los mismos, por lo que aquellas disposiciones legales en las cuales se establece una preferencia para que la madre disponga de la guarda y custodia de sus menores hijos deben preservar el interés superior de la infancia…».

 

Fuente Milenio /ExtraOficial