SCJN avala aborto sin permiso de los padres, a menores víctimas de violación


Las mujeres y personas gestantes mayores de 12 años podrán recibir el servicio de interrupción de embarazo en caso de violación en cualquier hospital público, independientemente de si presentaron una denuncia ante el Ministerio Público o si tienen la autorización de sus padres, según la decisión de la Suprema Corte.

Ciudad de México.– La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló este martes una Norma Oficial Mexicana (NOM) que obliga a los hospitales públicos a practicar abortos en casos de violación, incluso a niñas entre 12 y 17 años, sin que se necesite el permiso de sus padres o una denuncia penal ante el Ministerio Público.

La votación se llevó a cabo en el pleno, donde 10 ministros contra uno determinaron que las controversias constitucionales interpuestas por Aguascalientes y Baja California sobre la NOM son infundadas, pues los criterios de prevención y atención que prevé dicha normatividad fue reformada en 2016 por la Secretaría de Salud (Ssa) para ajustarla a lineamientos de la Ley General de Víctimas (LGV) de 2013.

El Ministro Luis María Aguilar, autor de los proyectos, observó que las víctimas de violación pueden no presentar una denuncia penal debido al estigma social que existe.

“Las agresiones sexuales corresponden a un delito que la víctima no suele denunciar por el estigma que conlleva, aunado a la naturaleza traumática, por lo que la interrupción del embarazo en casos de violación es una medida que tiende a acatar las obligaciones Constituciones y convencionales para casos violencia contra las mujeres, donde el principio de buena fe es indispensable para evitar la revictimización de las personas”, notó.

En su turno, la Ministra Margarita Ríos-Farjat recalcó que seguir con un embarazo no deseado producto de una violación es una forma de tortura y malos tratos, mientras que el Ministro presidente Arturo Zaldívar Lelo de Larrea argumentó que las niñas y personas gestantes deberían de poder solicitar un aborto sin autorización de sus padres.

“No podemos perder de vista que México ocupa el primer lugar en abuso infantil entre los países miembros de la OCDE. De esas violaciones, en 90 por ciento se produce en el interior de los hogares y el entorno familiar. Entonces, supeditar la decisión de las niñas y de las personas gestantes al consentimiento de los padres podría implicar en demasiados casos la anuencia de sus agresores”, dijo el Ministro.

La NOM prevé que el personal de salud que participe en el procedimiento de interrupción voluntaria del embarazo no necesitará verificar el dicho de la solicitante con respecto a la violación, pues la LGV ordena proveer estos servicios, así como de anticoncepción de emergencia, a toda víctima de abuso sexual, independientemente de su edad, y únicamente contempla el consentimiento de los padres si la niña o persona gestante tiene menos de 12 años.

En septiembre, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México declaró inconstitucional la penalización del aborto, un precedente histórico que impide encarcelar a las mujeres y personal médico que les ayuden con consentimiento.

Al momento, el aborto sólo ha sido despenalizado en ocho de los 32 estados del país: Guerrero, Ciudad de México, Hidalgo, Veracruz, Oaxaca, Baja California, Sinaloa y Colima.
Con información de Sin Embargo