Protegerá Ley de Amparo a casinos y a compradores de bienes de México


 

 

Culiacán.- Al aprobarse la nueva Ley de Amparo Federal, la cámara de diputados introdujo cambios fundamentalmente en dos temas los concernientes a la improcedencia de la suspensión del acto reclamado, que es una figura que permite que el acto de autoridad no se ejecute, tratándose de casinos, el otro cambio trata sobre los bienes que están bajo el dominio de la nación y que son concesionados a particulares, explicó el presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, Enrique Inzunza Cázarez.

 

Agregó que por otra parte, se introduce el concepto de interés legítimo, el cual antes, para que el amparo fuera procedente era necesario que las personas acreditaran una afectación directa pero la nueva figura es más flexible, ya que permitirá que muchos ciudadanos que reclaman afectaciones a derechos de contenido social como la vivienda, salud, medio ambiente u otros ahora puedan tener con el juicio de amparo un mecanismo de protección contra los actos de autoridad.

 

“Y lo que es importante me parece a mí y relevante, el concepto de acto de autoridad también se supera, antes se concebía solamente a las autoridades valga investidas de poder público, como los únicos agentes que podían violar derechos, hoy se asume y se reconoce que los particulares que ejecutan actos que son equivalentes a actos de autoridad también pueden violar derechos”, detalló el magistrado.

 

El presidente del Supremo Tribunal de Justicia del estado, consideró que esto será un hito histórico pues ahora se pueden entablar juicios de amparo en contra de corporaciones privadas, sobretodo dijo aquellas que prestan servicios públicos concesionados y que lo hacen de manera deficiente bajo el control monopólico del mercado.

 

 

Patricia Mata /ExtraOficial