Emite CEDH Sinaloa recomendaciones a ayuntamientos de Culiacán y Ahome


 

Culiacán, Sin.- La Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Sinaloa (CEDH) emitió las recomendaciones 1/2014, 2/2014 y 3/2014, la primera de ellas dirigida al H. Ayuntamiento de Culiacán y las otros dos al H. Ayuntamiento de Ahome, respectivamente.

La Recomendación 1/2014 se formuló al haberse acreditado violación al derecho a la legalidad derivado de la negativa del derecho de petición, originando así una indebida prestación del servicio público.

En esta Recomendación, la CEDH hace hincapié que todo servidor público está obligado a observar en el desempeño de sus funciones los principios de legalidad y eficiencia en el desempeño de su empleo, así como de cumplir con eficiencia el servicio que le sea encomendado.

Cabe mencionar que la Recomendación 1/2014 fue aceptada por el Presidente Municipal de Culiacán, con lo cual se establece el respeto por los derechos humanos.

Por otra parte, las Recomendaciones 2/2014 y 3/2014, fueron dirigidas al H. Ayuntamiento de Ahome, con motivo de quejas presentadas en contra de elementos policiales adscritos a la Dirección General de Seguridad Pública y Tránsito Municipal de dicho municipio.

En las resoluciones respectivas se acreditaron violaciones a los derechos humanos a la integridad física y seguridad personal por malos tratos en los que incurrieron servidores públicos al llevar a cabo la detención de tres personas.

A fin de reparar el daño causado por tales violaciones a derechos humanos, la CEDH recomendó se inicie procedimiento administrativo en contra de los agentes adscritos a la Dirección General de Seguridad Pública y Tránsito Municipal de Ahome y que el personal de dicha Dirección sea instruido y capacitado respecto de la conducta que deben observar en el desempeño de sus funciones a fin de brindar un trato digno a toda persona detenida y se conduzcan con absoluto apego a la legalidad y respeto a los derechos humanos.

De ser aceptadas las recomendaciones, la autoridad destinataria deberá enviar a esta CEDH pruebas de cumplimiento.En caso contrario deberá motivar y fundar debidamente la no aceptación.

 

 

Redacción /ExtraOficial