El Congreso del Estado fue omiso en las medidas que desarrollará el alcoholímetro


 

Culiacán, Sinaloa. – La Federación de Tribunal de Barandilla de los Municipios de Sinaloa considera que en el decreto emitido por el Congreso del Estado sobre el alcoholímetro los diputados locales omitieron precisar las funciones que desarrollarán cada una de las personas que estarán presentes en los puntos de revisión aplicando el operativo.

Lo anterior lo afirmó, Gabriel Rosario Peña González, presidente de la mencionada federación y coordinador del Tribunal de Barandilla de Culiacán.

Detalló que no se establece si en los puntos de revisión deberá haber o no mujeres policías, tampoco se especifica cuál será el procedimiento de traslado de las personas que hayan resultado positivo a la prueba de alcoholemia a los tribunales de barandilla, así como el proceder de los agentes hacia las personas que muestran una agresión directa ya sea física o verbal.

“Omitieron analizar y establecer diversas situaciones, aunque tal vez para ellos las vean como mínimas para nosotros las consideramos muy importantes a fin de cumplir con el principio de legalidad que exige a toda autoridad independientemente del ámbito al que pertenezca, sea estatal o municipal e inclusive federal a sujetar su actuación a lo que establezca la ley con lo cual se protege la seguridad jurídica pero más aún se protege el respeto a los derechos humanos”.

Añadió que solo se precisa la prueba de alcoholemia, pero no señala si el médico podrá o no practicar otras pruebas como aliento, lenguaje y marcha motriz, entre otras pruebas.

El presidente de la Federación de Tribunales de Barandilla, dijo que tampoco se menciona que pasará con el vehículo que conduzca la persona infractora, es decir si será trasladado a un depósito vehicular de la policía municipal o a una pensión particular o del Ayuntamiento o será entregado a otra persona que señale el infractor.

“En ese sentido consideró que les faltó delimitar con mayor precisión el procedimiento que debe iniciarse para la aplicación de las sanciones procedentes por estas causas, es decir establecen un mínimo y un máximo de sanción, pero no cuál va a ser el procedimiento para la ejecución de esa sanción”, recalcó.

 

Patricia Mata /ExtraOficial