Cómo retirar los recursos de la afore de familiares fallecidos


Si uno de sus familiares falleció, conozca el proceso que debe seguir y los documentos que debe tener a la mano para acceder al ahorro pensionario que generó su pariente a lo largo de su vida laboral.

Luis Felipe Briseño, director de Relaciones Institucionales de la Asociación Mexicana de Afores, explicó que es fundamental conocer el Número de Seguridad Social (NSS) de la persona que tiene la cuenta de afore; así como el régimen en el que cotizó, es decir, si con la Ley del Seguro Social de 1973 o con la de 1997.

“Si la persona ya falleció, los familiares tienen que ir a la subdelegación del IMSS en donde esté adscrito el empleo del trabajador. En el área de afiliación y vigencia le deben indicar los requisitos que le van a pedir para que sean acreedores a la pensión”.

Los principales documentos que se solicitan son el acta de nacimiento y de defunción de su familiar. Si usted es esposa o esposo de la persona que falleció, es importante que también lleve su acta de matrimonio, expuso.

También se le pedirá el estado de cuenta más reciente de la afore en el que ahorraba su pariente. En caso de no saber en qué afore estaba, puede marcar a SARTEL y con los datos del NSS y el CURP podrá conocer la afore en la que se encontraba su familiar.

“El IMSS le dará una resolución de pensión y después debe acudir a la afore y debe solicitar lo correspondiente a la pensión. En la afore, se le deberá entregar el ahorro voluntario que haya generado el trabajador y también le ayudarán a tramitar con el Infonavit para que se le entregue el ahorro generado en la subcuenta de vivienda”.

¿Cómo saber si soy beneficiario?

Gerardo López, abogado y experto en pensiones de la Universidad Panamericana, aclaró que los recursos que se hayan acumulado en la afore del fallecido no se pueden entregar a cualquier familiar o persona, sino únicamente al beneficiario que haya designado el trabajador.

Detalló que la Ley del Seguro Social reconoce tres tipos de beneficiarios: esposa/esposo o cónyuge; hijos de hasta 16 o 24 años de edad en caso de que sigan estudiando, y padres o abuelos del fallecido.

“Si el trabajador no registró a un beneficiario o se casó por segunda vez y no registró a su pareja, lo que pueden hacer es emitir un juicio ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje para que se les reconozca con carácter de beneficiarios (…) los beneficiarios tienen 10 años para retirar los recursos de la afore”.

Por otra parte, si su familiar cotizó bajo la Ley del 73, (antes del 1 de julio de 1997), lo que le deberán entregar, en caso de ser beneficiario, es alrededor de 50% de la subcuenta de retiro, el ahorro voluntario y los recursos de la subcuenta de vivienda, comentó López.

Si el trabajador cotizó después del 1 de julio de 1997, tiene dos opciones: si el IMSS le da negativa de pensión, recibirá el ahorro de la subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, en una sola exhibición, pero si la resolución es favorable, le otorgarán sólo la subcuenta de retiro y una pensión mensual. La negativa de pensión dependerá del número de semanas de cotización que haya registrado el trabajador.

En caso de que exista algún problema o retraso en el proceso, los especialistas recomendaron acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros o bien, a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.

Fuente: El Economista