La queja la presentaron 82 padres de familia ya que sus hijos no cuentan con instalaciones para el Programa de Escuelas de Tiempo Completo
Culiacán, Sin.- La Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Sinaloa (CEDH) formuló la Recomendación 45/2015 a la Secretaría de Educación Pública y Cultura del Estado de Sinaloa, en torno a la queja presentada por 82 padres de familia de la Escuela Primaria “21 de Marzo” de la capital del Estado, por iniciar el Programa de Escuelas de Tiempo Completo sin tener las instalaciones adecuadas para ello.
En el presente caso se evidenció que la Escuela Primaria “21 de Marzo” a partir del ciclo escolar 2013–2014 formó parte del Programa de Escuelas de Tiempo Completo y a la fecha, al concluir un segundo año escolar, no cuenta con la estructura adecuada para operar en las condiciones óptimas, ya que no tiene cocina, comedor, ni personal que se encargue de preparar los alimentos.
De las evidencias que integran el presente expediente, se observó que se vulneraron derechos humanos en agravio de las niñas y los niños de dicho centro educativo, así como a preservar el interés superior, violando el derecho a la legalidad y a la educación integral derivado de una prestación indebida del servicio público.
Ante ello, la CEDH Sinaloa recomienda se gestione lo necesario a efecto de que de manera inmediata la Escuela Primaria “21 de Marzo”, ubicada en la colonia Humaya de esta ciudad capital, cuente con la infraestructura idónea para formar parte del Programa de Escuelas de Tiempo Completo, de manera particular que cuente con el espacio para cocinar los alimentos, así como el comedor donde se van a ingerir los mismos, con la finalidad de evitar cualquier situación que vulnere los derechos humanos de los niños y niñas.
A fin de garantizar la protección a los derechos humanos de los niños, niñas y adolescentes de todo el Estado, la Comisión Estatal de los Derechos Humanos también exhortó a la Secretaría de Educación Pública y Cultura se giren instrucciones a la Subsecretaría de Educación Básica a efecto de que se tomen las medidas necesarias para que las instituciones educativas, de manera previa a formar parte del Programa de Escuelas de Tiempo Completo, cuenten con la infraestructura correspondiente para funcionar como tales.
En esta tesitura, el Ombudsman en Sinaloa hizo hincapié que a toda institución a quienes se les dirija una Recomendación de parte de esta autoridad constitucional en derechos humanos, debe constreñirse a señalar que tiene por aceptada o no dicha Recomendación, más no señalar que la aceptan parcialmente.
Redacción /ExtraOficial