Emite CEDH Sinaloa recomendación sobre la negativa en la rendición del informe de ley


 

Culiacán, Sin.- Con el fin de atender la adecuada, pronta y necesaria investigación de las afectaciones a los derechos humanos de los sinaloenses, la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Sinaloa (CEDH), emite la Recomendación General No. 12 sobre la Negativa y/o Dilación en la Rendición del Informe de Ley.

La Recomendación General va dirigida al Gobernador, a los 18 Alcaldes y a los integrantes del Poder Judicial del Estado de Sinaloa.

El Presidente de la CEDH Sinaloa, Juan José Ríos Estavillo, explicó que la Recomendación General No. 12 se formula por la negativa en la rendición del informe de ley del que ésta Comisión está facultada a requerir a las autoridades presuntamente responsables de la violación a algún derecho humano y el cual están obligadas a enviar conforme a la ley que rige a este Organismo Estatal.

El Ombudsman manifestó que la negativa y/o dilación en la rendición del informe de ley, obstaculiza de manera seria las diligencias e investigaciones que un órgano de Estado como lo es la CEDH Sinaloa tiene la atribución de realizar para la defensa de los derechos de todos los sinaloenses. “Esto contraviene el principio básico de otorgar justicia a quienes reclaman ésta, afectando con ello los compromisos internacionales que el Estado Mexicano (y en virtud del pacto federal, el Estado Sinaloense) ha adquirido ante la comunidad internacional, organizaciones internacionales diversas, pero principalmente con su gente”. Precisó.

Ríos Estavillo dijo que esta recomendación propone a las diversas autoridades del Estado y de los Municipios, así como a los integrantes del Poder Judicial del Estado de Sinaloa en el ámbito de sus competencias, promuevan los cambios y modificaciones de disposiciones legislativas y reglamentarias, asimismo sus prácticas administrativas, que a juicio de esta Comisión Estatal redunden en una mayor protección de los derechos humanos reconocidos por el orden jurídico nacional e internacional en la materia.

La Recomendación General No. 12  valora los siguientes temas que se ubican de urgente atención:

  • El reconocimiento de los derechos humanos.
  • La creación de mecanismos garantes de los derechos humanos.
  • El deber de investigar las violaciones a los derechos humanos.
  • El deber de colaboración con los organismos públicos de protección y defensa de los derechos humanos.
  • De las consecuencias por la omisión del envío del informe de ley y/o su demora injustificada.

Al ser la CEDH Sinaloa parte del Estado Sinaloense y un mecanismo garante de los derechos humanos, toda autoridad sinaloense (estatal y municipal), en concordancia con la multicitada finalidad estatal, debe coadyuvar y facilitar las investigaciones que esta realiza para efecto de dirimir, en su caso, responsabilidades por violaciones a los derechos humanos.

“El  informe de ley, es una oportunidad valiosa con la que cuenta la autoridad para producir, entre otros, los siguientes efectos”:

  • Desmentir una acusación por violaciones a los derechos humanos.
  • Sustentar legalmente un actuar.
  • Motivar con amplitud dicho actuar.
  • Aportar evidencia que aclare el caso.
  • Coadyuvar en la investigación y generación de responsabilidades por violaciones a los derechos humanos.
  • Cumplir con su deber legal y constitucional de garantizar los derechos humanos.
  • No obstaculizar la labor de los organismos públicos de protección y defensa de los derechos humanos.

En ese tenor, la Recomendación General contempla medidas por cuya viabilidad redundarían en una mejor protección de los derechos humanos, al abordar las motivaciones y fundamentos normativos que permitirán concluir en la necesidad de que toda autoridad del Estado facilite la investigación de probables violaciones a los derechos humanos y contribuya así al logro de la finalidad estatal de conformidad con el artículo primero de la Constitución Política del Estado de Sinaloa:

PRIMERA. Se valoren todas y cada una de las observaciones y consideraciones contenidas en el cuerpo de la presente resolución a efecto de privilegiar el respeto de los derechos humanos de la población en general, particularmente en cuanto a la atención de las solicitudes de informe de esta Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Sinaloa.

SEGUNDA. Haga de conocimiento a todo su personal, del deber constitucional y legal de dar respuesta a las solicitudes de informes  de los organismos públicos de protección y defensa de los derechos humanos del Estado mexicano con competencia en Sinaloa; esto es, LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS Y LA COMISIÓN ESTATAL DE LOS DERECHOS HUMANOS DE SINALOA, así como de las responsabilidades a las que pueden verse sujetos en caso de incumplimiento.

TERCERA. Se capacite a su personal en torno a la obligación de respeto de los derechos humanos y de las responsabilidades que como servidores públicos pueden generarse al violentarse éstos.

CUARTA. Se instruya a su personal respecto del deber de atender los derechos humanos de toda persona y se abstengan de violentarlos.

QUINTA. Se socialicen las obligaciones que resultan para los servidores públicos de la reforma Constitucional en materia de Derechos Humanos acaecida el pasado 10 de junio de 2011.

Cabe señalar que las Recomendaciones Generales no requieren aceptación por parte de las  instancias destinatarias; sin embargo, en atención a la eficacia directa que debemos garantizar a los derechos humanos y a la vinculación que como autoridades tenemos respecto de éstos, se les pide que en su caso, las pruebas correspondientes al cumplimiento de la presente Recomendación, se envíen a esta Comisión Estatal dentro de un término de treinta días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.

 

 

Redacción /ExtraOficial