Congreso de Sinaloa analiza cinco iniciativas; una castiga uso de drones con fines delictivos


Culiacán, Sinaloa, 3 de junio de 2025.- Diputadas y  diputados dan lectura a cinco iniciativas, una de las cuales contempla sanciones y penas más elevadas al uso de drones y otros vehículos terrestres operados a control remoto con fines delictivos.

Las iniciativas leídas son las siguientes:

*Iniciativa del Grupo Parlamentario de Morena, que propone reformas y adiciones diversas al Código Penal para el Estado de Sinaloa, en materia de fortalecimiento en la protección al derecho a la vida y el interés superior de la niñez.

Con estas reformas se buscan dos objetivos: aumentar la pena prevista para el delito de homicidio doloso, y establecer como agravante cuando dicho delito sea cometido contra menores de edad.

Actualmente se establece que al que prive de la vida a otro se le impondrá de ocho a veintidós años de prisión, excepto cuando este Código establezca una pena distinta.

La propuesta es elevar la pena de prisión para quedar de 12 a 24 años.

También se propone incrementar la pena establecida para el delito de homicidio, que actualmente es de 22 a 50 años para que quede de 25 a 50 años, y se agrega como agravante cuando el homicidio se cometa dolosamente en contra de una persona menor de 18 años de edad.

*Iniciativa de la diputada Martha Yolanda Dagnino Camacho, del PVEM, que propone reformas y adiciones a la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Sinaloa, en materia de requisitos para ser titular del Órgano Interno de Control de los Ayuntamientos.

Con esta reforma se añade como requisito: “No haber desempeñado cargo alguno de elección popular o haberse desempeñado como Tesorero, Secretario o Director Jurídico en algún Ayuntamiento, en los cuatro años anteriores a su postulación ante el Cabildo”.

*Iniciativa de la diputada Erika Rubí Martínez Rodríguez, de Morena, que propone reformas y adiciones al Código Penal para el Estado de Sinaloa, en materia de tipificar el uso indebido de drones y vehículos terrestres operados a control remoto.

La propuesta contempla adicionar una nueva fracción al artículo 139 que sanciona el delito de homicidio con prisión de 22 a 50 años.

La fracción a añadir establece: “Cuando en la comisión de homicidio o lesiones se utilice como medio para su ejecución aeronaves pilotadas a distancia y de desplazamiento terrestre operadas a control remoto”.

A ello se le añade que si la conducta es realizada con el uso de aeronaves pilotadas a distancia y de desplazamiento terrestres operadas a control remoto, se aumentará la pena hasta una mitad.

Asimismo, se establece que salvo que sea delito de la competencia federal, a quien mediante el uso de aeronaves pilotadas a distancia, así como también aquellos de desplazamiento terrestre operadas a control remoto, medios electrónicos o mediante mecanismos similares, efectúen y cometan las siguientes conductas:

l. Fotografiar o realizar grabaciones de audio o video, de forma física o empleando medios electrónicos, para vigilar y acechar las actividades de personas civiles, así como servidoras públicas con la finalidad de conocer o reportar su ubicación para evadir su acción o ejecutar agresiones en su contra;

II. Arroje cualquier objeto o artefacto explosivo, artefactos explosivos improvisados o armas, así como sustancias químicas que por sí solas o combinadas sean susceptibles de ser empleadas como explosivos sobre otra persona o bienes, y

III. Impacte a alguna persona o propiedad con el propósito de causar daño. Se le impondrá pena de prisión de diez a veinte años, sin perjuicio de las penas que correspondan por otros delitos que resulten, entre otras reformas.

*Iniciativa del Grupo Parlamentario del PRI, que propone reformas y adiciones a la Ley de Salud del Estado de Sinaloa, en materia de salud auditiva de las niñas, niños y menores de 5 años.

La propuesta establece que para los efectos del derecho a la protección de la salud, se consideran servicios básicos de salud los referentes la salud auditiva; incluyendo los implantes cocleares para las niñas y niños menores de 5 años.

De igual manera se propone establecer que la aplicación de los implantes cocleares para las niñas y niños menores de 5 años sea resultados de la aplicación del tamiz auditivo.

*Iniciativa del Grupo Parlamentario del partido Movimiento Ciudadano, que propone adicionar el artículo 22 Bis a la Ley de Educación para el Estado de Sinaloa, en materia de protocolo de seguridad para activar la modalidad de educación mixta y a distancia.

Este artículo a adicionar establece que:

“Ante la presencia de situaciones de riesgo latente para la comunidad estudiantil, las instituciones del Sistema Educativo Estatal deberán activar el Protocolo de Seguridad para instaurar de manera temporal las modalidades de enseñanza mixta y a distancia, mientras exista la presunción de riesgo por la asistencia física de sus educandos, docentes y personal administrativo.

Se consideran situaciones de riesgo latente que activan el Protocolo de Seguridad las siguientes:

l. Afectación por daño en las instalaciones educativas o que no cuenten con los elementos mínimos necesarios de seguridad o permanencia de los educandos;

II. La presencia de fenómenos físicos y atmosféricos como: huracanes, inundaciones, temperaturas extremas o temblores;

III. La presencia de riesgos sanitarios como: epidemias, plagas o toxicidad extrema; y

IV. La presencia de riesgos en materia de seguridad como: enfrentamientos armados, operativos de seguridad pública, zonas de riesgo o amenazas a su integridad física.