Aprueban diputados castigar con cárcel la “cobranza ilegítima”


La persona que realice hostigamiento en la cobranza vía telefónica o por medios electrónicos podría recibir de cuatro meses hasta dos años de prisión

 

Culiacán, Sin.- El congreso del estado aprobó la reforma al artículo 173 Bis del código penal de Sinaloa en la que ahora se considera como un delito el realizar la cobranza ilegitima, que muchas veces se ve representada con el hostigamiento vía telefónica o por medios electrónicos.

La propuesta, presentada por el Partido Sinaloense, fue aprobada por los 33 diputados presentes durante la sesión y contempla una pena que va desde los cuatro meses hasta los dos años de prisión y de ciento ochenta a trescientos sesenta días de multa para quien cometa este delito.

Asimismo, la pena podría agravarse si la persona utilizó documentación, sellos falsos o se usurparon funciones públicas o de profesión.

Precisa que el delito será considerado como tal, cuando la persona requiera el pago de una deuda al deudor o su aval, utilizando medios ilícitos e ilegítimos, engañe a la persona o realice actos de hostigamiento e intimidación escrita o verbal en medios telefónicos, electrónicos o computacionales.

Héctor Melésio Cuén Ojeda, coordinador del grupo parlamentario del PAS, dijo que con esta ley se viene a castigar a los despachos que se encargan de la cobranza, que van desde llamadas por la madrugada hasta las amenazas.

“Qué bueno que se va a sancionar penalmente a dichos despachos, sobre todo en donde la cobranza no deberá ser fuera de procedimientos judiciales, ni tampoco con amenaza, ni violencia, ni hostigamiento”, comentó.

La propuesta del PAS contemplaba en un inicio la pena de hasta tres años, pero a petición de la diputada Renata Cota, se redujo a dos años, aprobándose por unanimidad. 

 

 

Francisco Morales /ExtraOficial