Los Mochis.-En seguimiento a las denuncias en contra servidores públicos, por delitos cometidos en contra de la procuración y administración de justicia, la Procuraduría General de Justicia del Estado, cumplimento dos órdenes de aprehensión contra dos agentes de la Policía Municipal de Ahome, acusados de haber torturado a una pareja de vecinos de la comunidad de Las Quintas.
La PGJE, informó que los elementos preventivos detenidos son Miguel Armando Rodríguez Rodríguez y Julio César Velázquez Cota; ambos residentes del municipio de Ahome.
Los uniformados participaron en la captura de Abraham Alberto López Yucupicio y Claudia María Quiñones Castro, el día 8 de noviembre de año 2012, quienes fueron detenidos presuntamente en posición de drogas y una arma de fuego, por lo que fueron remitidos ante un Juez Federal.
Los afectados denunciaron ante las autoridades federales haber sufrido lesiones, malos tratos y excesos durante su detención, por parte de los agentes preventivos que los arrestaron.
Al existir dictámenes de lesiones por parte de personal médico forense y señalamientos en contra de los agentes de policía aprehensores, el Juez Sexto de Distrito en el estado ordenó la investigación de los servidores involucrados.
La PGJE inicio la averiguación previa AHOME/VII/27/2013/AP en contra de los servidores públicos por el delito de tortura.
Al considerar que existían elementos suficientes y bastantes pruebas para acreditar el delito de tortura, el agente del Ministerio Público solicitó las órdenes de aprehensión en contra de los dos policías municipales, las cuales fueron obsequiadas y se les dio cumplimiento el día de hoy por la mañana.
Los elementos preventivos, Miguel Armando Rodríguez Rodríguez y Julio César Velázquez Cota, fueron detenidos por agentes de un grupo especial de la Policía Ministerial del Estado, quienes los trasladaron a las instalaciones del Centro de Ejecución de las Consecuencias Jurídicas del Delito a disposición del Juez que los reclama.
Cabe destacar que existe el antecedente en el banco de datos de la PGJE que desde el año 2004 no se cumplimentaba una orden de aprehensión por el delito de tortura.
El delito de tortura de conformidad a lo establecido por el artículo 329 del Código Penal en vigor para el estado de Sinaloa, se sanciona con una penalidad de 3 a 12 años de prisión.
La Procuraduría General de Justicia del Estado reitera que todas las autoridades, cada quien en el ámbito de nuestras competencias tienen la obligación de promover, respetar, proteger, y garantizar los derechos humanos de las personas.
Redacción /ExtraOficial